lunes, 13 de enero de 2014

PRESUNTA CORRUPCIÓN EN LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA COMEDORES POPULARES DE VILLA EL SALVADOR (SEGUNDA PARTE)

Luego de presentar la denuncia por este medio el 23 de Setiembre de 2012, hemos tenido acceso a otras informaciones que constituye nuevas evidencias de la presunta colusión entre los funcionarios de confianza de la Administración Iñigo Peralta y el grupo empresarial constituido por las empresas Arrocera de América S.A, INDUNEGOCIOS S.A. y HATUN RUNA E.R.L. en los procesos de adquisición de alimentos para los comedores populares, las cuales pasamos a presentar.


1. DURANTE EL AÑO FISCAL 2013 LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL COMPRÓ ALIMENTOS PARA DOCE MESES POR UN VALOR TOTAL DE S/. S/. 5,092,510.65  PERO SOLO HA ENTREGADO ALIMENTOS A LOS COMEDORES PARA CINCO MESES.  

De acuerdo al Informe N° 027-2013-SGPS-GDS/MVES, de fecha 30 de enero de 2013, suscrito por el Sr. Américo Quiñones Arias, ex sub Gerente de Programas Sociales de la municipalidad de Villa El Salvador, el 30 de enero de 2013, la Municipalidad recepcionó la donación de 196,219.87 kl. de alimentos del EX PRONAA, valorizada en S/.606,395.11.  

Por otro lado, según el Informe N° 032-2013-SGPS-GDS/MVES, de fecha 07 de febrero de 2013, el Sr. Américo Quiñones Arias, ex sub Gerente de Programas Sociales de la municipalidad de Villa El Salvador informa que los alimentos donados por el EX PRONAA fueron distribuidos a los 20 centros de acopio de los comedores del Distrito de Villa El Salvador en los primeros días de febrero. Dicho informe incluye la relación de 265 centros de atención atendidos en los meses de enero y febrero de 2013.

De la relación de comedores registrados por la  Sub Gerencia de programas Sociales de la Municipalidad de Villa El Salvador, se conoce que en el distrito existen 265 centros de atención, los mismos que en total suman 24,477 personas beneficiarias. 
De acuerdo al Artículo 7 de la Resolución Directoral N° 439-2010. MIMDES-PRONAA/DE, de fecha 10 de diciembre de 2010, “la programación del apoyo alimentario será calculado en base al número de raciones preparadas por el Comedor, resultado de la verificación efectuada en las dos (02) últimas supervisiones realizadas y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal”. Como se ha explicado en el párrafo anterior el número de raciones diarias preparadas por los 265 centros de atención es de 24,477 raciones.

Según la Según la Resolución Jefatural Nº 068-2003-PRONAA/J, que aprueba la Directiva General Nº 001-2003-GT/PRONAA “Raciones Referenciales para los Programas Alimentarios y Nutricionales que ejecuta PRONAA” y de la versión didáctica publicada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MINDIS), se establece que cada ración debe contener 200 gramos distribuidos de la siguiente forma: 150 g. de cereal, 20 g. de menestra, 10 g. de aceite, y 20 g. de algún producto de origen animal. Además, se establece que el periodo de atención para los comedores populares es de 20 días por mes.

De acuerdo a estas referencias, la demanda de alimentos por mes es: 73,431.00 kl. de cereal, 9,790.80 kl. de menestra, 4,895.40 kl. de aceite, y 9,790.80 KL. de algún producto de origen animal.
De tal manera que la demanda de consumo anual de alimentos para el año fiscal 2013 era como sigue: 881,172.00 kl. de cereal, 117,489.60 Kl. de menestra, 58,744.80 kl. de aceite, y 117,489.60 KL. de algún producto de origen animal.



NÚMERO DE COMENSALES
CONSUMO DIARIO (GRAMOS)
CONSUMO MENSUAL (Kl.)
CONSUMO ANUAL (Kl.)
por persona
sub total
por persona
total
por persona
total
CONSUMO DE CEREAL
24,477.00
150
3,671.55
3.00
73,431.00
36.00
881,172.00
CONSUMO DE  MENESTRA
24,477.00
20
489.54
0.40
9,790.80
4.80
117,489.60
CONSUMO DE ACEITE
24,477.00
10
244.77
0.20
4,895.40
2.40
58,744.80
CONSUMO DE PRODUCTO DE ORIGEN ANIMAL
24,477.00
20
489.54
0.40
9,790.80
4.80
117,489.60

Como se ha informado en el documento de fecha 6 de diciembre de 2012, numeral 10, la Administración Municipal se demoró casi dos meses en la suscripción del convenio enviado por el MIDIS en diciembre de 2012, siendo ello condición para la transferencia a la Municipalidad de los fondos destinados a la adquisición de los alimentos. También, hubo demora en la formación del Comité Especial y en el inicio del proceso adquisición que recién se realizó el 23 de mayo, mientras que la Buena Pro fue programada para el día 6 de junio de 2012.
Considerando que recién el 6 de junio se daría la Buena Pro, la Administración municipal debió adquirir alimentos solo para los meses restantes del año fiscal 2012, es decir junio, julio, agosto, setiembre, noviembre y diciembre. Sin embargo, la Administración Municipal del Alcalde Iñigo Peralta convocaron a Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 003-2013-CE/MVES, para la “Adquisición de Alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y PAN TBC” para doce meses. De esta manera la Administración Municipal deliberadamente pretendió contratar la adquisición de alimentos en forma excesiva,  como se observa en el cuadro siguiente.    

 TIPO DE ALIMENTO
 DESCRIPCIÓN DE ALIMENTOS SEGÚN LICITACIÓN PÚBLICA N° 03-2013
BUENA PRO OTORGADA A INDUSTRIA ARROCERA DE AMERICA EL 6-06-2013
CANASTA DE PRODUCTOS REFERENCIAL PARA 07 MESES
DIFERENCIA: EXCESO EN LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS
DESCRIPCIÓN DE ALIMENTOS
TIPO DE ALIMENTO
CEREAL
ARROZ PILADO SUPERIOR (KL)
876,131.00
876,131.00
514,017
362,114

MENESTRA

PALLAR BEBE (KL)
55,354.00
 110,708.00 
68,536
42,172
LENTEJA MARRON (KL)
55,354.00
FREJOL CASTILLA (KL)
55,354.00
ACEITE
ACEITE VEJETAL COMESTIBLE (Lt)
34,559.00
34,559.00 Lt.
34,268 kl.

PRODUCTO DE ORIGEN ANIMAL

CONSERVA DE ANCHOVETA EN SALSA DE TOMATE LATA X 425 GRS. (KL)
128,553.00
256,753.00 
68,536
188,217
GRATED DE PESACADO EN AGUA Y SAL LATA X 425 GRS. (KL)
128,200.00

Como se ha informado en el numeral 3 del documento de fecha 6 de diciembre de 2012 (página 3), Mediante el mismo Oficio N° D-1117/DSU-PAA, de fecha 13 de junio de 2013, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), en referencia a tres denuncias recibidas con respecto al mencionado Proceso de Selección, señalo que la Administración Municipal “ha incurrido en un vicio que acarrea la nulidad del proceso de selección, de conformidad con el artículo 56 de la Ley, debiendo retrotraerse éste hasta la etapa de la convocatoria previa reformulando las bases, o de advertirse deficiencias en el estudio de posibilidades que ofrece el mercado, retrotraerlo hasta los actos preparatorios del proceso”.
Así también, en el punto 4 (página 5) del mencionado documento, en virtud a la exoneración aprobada por el Concejo Municipal por un periodo máximo de treinta días calendario, hasta un monto de S/. 386,412.86, con fecha 4 de julio, la Administración Municipal otorgó la Buena Pro a la empresa INDUNEGOCIOS S.A. por un valor de S/. 386,412.86 para la Adquisición de Alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria y PAN TBC de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador.

También, como consta en el numeral 7 (página 9) del documento de referencia, el Concejo Municipal, con fecha 3 de setiembre, aprobó la segunda “exoneración, por causal de desabastecimiento inminente, del proceso de Selección para Adquisición de Alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria y PAN TBC por un periodo de 90 días calendario y/o el tiempo que el Tribunal de Contrataciones del Estado emita pronunciamiento final, sobre el recurso de apelación interpuesto por la empresa ADR Proveedores S.A.C.  De esta manera, el 5 de setiembre el Sub Gerente de Logística, Pedro Antonio Suarez Rincon, otorgó la Buena Pro de la Exoneración N° 02-2013-MVES, para la “Adquisición de Alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria y PAN TBC de la Municipalidad distrital de Villa El Salvador” a la única empresa postora HATUN RUNA E.IR.L. por un valor de S/.1´153,037.99. Con esta adquisición se abastecería a los comedores durante los meses de setiembre, noviembre y diciembre.
Haciendo un resumen, observamos que de los doce meses del año fiscal 2012 solo se ha abastecido de alimentos adquiridos con el presupuesto municipal los meses de junio, setiembre, octubre y noviembre, habiéndose gastado  S/.1,539,450.85 del total presupuestado para el año fiscal 2013, tal como se observa en el siguiente cuadro.

MES
ABASTECIMIENTO DE ALIMENTOS LOS COMEDORES DE VILLA EL SALVADOR
Enero
No hubo abastecimiento
Febrero
Se entregó alimentos donados por el EX PRONAA
Marzo
No hubo abastecimiento
Abril
No hubo abastecimiento
Mayo
No hubo abastecimiento
Junio
Se entregó alimentos adquiridos a la empresa INDUNEGOCIOS en el marco de la Primera exoneración por 30 días por un valor de S/. 386,412.86.
Julio
No hubo abastecimiento
Agosto
No hubo abastecimiento
Setiembre
Se entregó alimentos adquirido la empresa HATUN RUNA en el marco de la Segunda exoneración por 90 días por un valor de S/.1´153,037.99.
Noviembre
Diciembre


Como se ha informado en el documento de referencia, con Resolución N° 2022, de fecha 10 de setiembre, el Tribunal de Contrataciones de la OSCE resuelve “Declarar la NULIDAD de la Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica N° 3-2013-CE/MVES, destinada a la “Adquisición de Alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y PAN TBC”. En la medida que el abastecimiento de los comedores del Distrito ya estaba garantizados hasta el mes de noviembre con la adquisición realizada en el marco de la segunda exoneración, solo se necesitaba hacer un nuevo proceso de selección para adquirir alimentos para el mes de diciembre y a los mucho para el mes de enero de 2013 a fin de garantizar el no desabastecimiento en este mes. En consecuencia el saldo de dinero no gastado en su debido momento debió ser retornado al Ministerio de Economía y Finanzas.

Sin embargo, sorprendentemente, el 2 de Octubre, la Administración Municipal pública en el web site del SEACE, por tercera vez, la convocatoria a la Licitación Pública Por Subasta Inversa Electrónica Nº  003-2013-CE/MVES, para la “Adquisición de Alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria y PAN TBC de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador” por un valor de S/.2´945,166.56. Como se ha informado en el documento de referencia,  el Comité Especial otorgó la Buena Pro a la empresa EXPORTANTO PRODUCTOS PAKATNAMU S.R.L. por S/.2´500,00.00. De manera impredecible, el 06 de Noviembre de 2013, El comité Especial acuerda dejar sin efecto la Buena Pro este postor para otorgar la Buena Pro a la empresa HATUN RUNA E.I.R.L por valor de S/.2’911,000.00.
Con esta tercera adquisición, la Administración Municipal de Iñigo Peralta ya había comprometido el gasto de S/.4,450,450.85, más del presupuesto aprobado para el Programa de Complementación Alimentaria (PCA). Como se ha informado en el numeral uno (página 2) del documento de referencia, según el Presupuesto Municipal 2013, el presupuesto del Programa de Complementación Alimentaria (PCA) es de S/. 4´767,885.00, el cual está destinado específicamente para el PCA (S/.3´696,661), Programa de Alimentación Nutricional para el paciente de TBC (S/.218,843) y  Subsidio a comedores populares (S/. 852,381).

Como si no fuera suficiente, casi al término del año 2012, la Administración Municipal de Iñigo Peralta dispuso la adquisición de más alimentos. De acuerdo a la publicación en el web site del SEACE, con fecha 14 de noviembre de 2013, la Administración Municipal convocó a la LICITACIÓN PUBLICA SUBASTA INVERSA ELECTRONICA 12-2013/CE/MVES para la adquisición de productos para la mejora de la canasta de alimentos del programa de complementación alimentaria y PAN TBC  de la Municipalidad de Villa El Salvador (aceite vegetal y conserva de trozos de atún en aceite). Habiéndose establecido el valor referencial en S/. 642,059.80.

De acuerdo a las Bases públicas en el web site del SEACE, el expediente de contratación fue aprobado mediante Memorándum N° 1124-2013-GM/MVES de la Gerencia Municipal.

          LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL REALIZO PROCESO DE CONTRATACIÓN DE LA LP N° 12-2013 PRESUNTAMENTE PARA FAVORECER AL MISMO GRUPO EMPRESARIAL Y SIN HABER CONSTITUIDO ANTES EL COMITÉ ESPECIAL

De la lectura del Acta de Sesión de Evaluación y otorgamiento de la Buena pro de fecha 28 de noviembre, se conoce que el Comité Especial ha sido designado con Resolución de Gerencia Municipal Nº 290-2013-GM/MVES de fecha 23 de mayo del 2013, “para efectos de  realizar la evaluación y el otorgamiento de la buena pro de la Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 012-2013-CE/MVES, para la “Adquisición de Alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y PAN TBC”. Dicho Comité está integrado por los funcionarios municipales: Pedro Antonio Suarez  Rincón, Presidente Titular del Comité Especial; Marina Luz Zanabria Limaco y Percy Mariel Mejía Cornelio, miembros Titulares.

Se trata de la misma Resolución de Gerencia mediante la cual de designa al Comité Especial para para “efectos de  realizar la evaluación y el otorgamiento de la buena pro referente a la Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 003-2013-CE/MVES, para la “Adquisición de Alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria y PN TBC de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador” Primera Convocatoria. De tal manera que esta última Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 012-2013-CE/MVES, para la “Adquisición de productos para la mejora de la canasta de alimentos del Programa de Complementación Alimentaria PAN TBC de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador” no ha cumplido con formar su comité especial como exige la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

Además, debido a que la Administración Municipal no ha publicado las resoluciones de alcaldía correspondiente al año 2013 en el Portal Municipal, así como también el alcalde Iñigo Peralta no atiende los acuerdos de concejo que autorizan la entrega de información a los regidores que oportunamente la hemos solicitado respecto a diversos procesos de contratación. En consecuencia, se desconoce si la Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica Nº 012-2013-CE/MVES cuenta con la correspondiente Resolución de Alcaldía mediante la cual se tendría que haber modificado el Plan de Contrataciones 2013, así también se desconoce si contaría con el informe de disponibilidad presupuestal correspondiente, toda vez que con esta cuarta adquisición el gasto total en adquisición de alimentos ascendería a los S/. 5,092,510.65, lo cual supera el Presupuesto de Ingresos y Gastos aprobados para el año fiscal 2012 destinado a la adquisición de alimentos.

Con fecha 27 de noviembre de 2013, se realiza la apertura de propuestas y el periodo de lances. Del Acta de Apertura de Propuestas y el Periodo de Lances se observa que han participado seis postores. Siendo que la empresa EL ALFOLI INVERSIONES Y ANDRES TRADING S.A.C realizó la oferta más baja, S/.617,000.00.

POSTOR
MONTO OFERTADO FINAL
EL ALFOLI INVERSIONES Y ANDRES TRADING S.A.C.
617,000.00
PACHECO TRADING S.A.C.
617,920.00
EXPORTANDO PRODUCTOS PAKATNAMU SRL
618,000.00
INDUNEGOCIOS SA
638,000.00
HATUN RUNA EIRL
640,059.80
MORAL VIGNOLO FERNANDO AGUSTO
642,059.80

Sin embargo, en la etapa de evaluación y otorgamiento del Buena Pro, realizado el 28 de noviembre de 2013, el Comité Especial no admite las propuesta de cuatro de los postores, de tal manera que son admitidas las empresas INDUNEGOCIOS SA Y HATUN RUNA EIRL. De esta manera, el Comité Especial otorgó la Buena Pro a la empresa INDUNEGOCIOS S.A. por un importe de S/.638,000.00. 

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