En la Sesión de Concejo Ordinaria de hoy, la Mayoría de regidores escamoteo con su voto el pedido de formar un comisión especial investigadora sobre supuesto favoritismo al consorcio ECOURBE para elaborar el Catastro Municipal de Villa El Salvador. Este consorcio esta formada por dos empresas amigas entre sí que no cuentan con ninguna experiencia, ni capital, en elaboración de catastros. Hasta el momento la Municipalidad ya le ha pagado más del S/.2´1000,000 sin embargo no se ve nada de los resultados. Tendríamos que preguntar a los vecinos y vecinas de Villa El Salvador: ¿usted ha recibido la visita de un personal de ECOURBE en su casa para verificar el área construida de su lote de vivienda? Porque eso dice el contrato firmado entre la Municipalidad y ECOURBE. Lo más sospechoso es que, según el convenio firmado a fines del 2013, COFOPRI realizará el mismo trabajo de levantar el catastro Distrital sin cobrarle un solo solo sol a la Municipalidad. Esta es la moción presentada:
MOCIÓN A SESIÓN ORDINARIA DEL
CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR DE FECHA 17 DE ENERO DE 2014
Los regidores del Concejo
Municipal del distrito de Villa El Salvador que suscriben:
CONSIDERANDO
1.
Qué, según
el Resumen Ejecutivo fechado el 07 de Noviembre de 2012, el área encargada de
las contrataciones de la Entidad realizó el ESTUDIO DE POSIBILIDADES DE PRECIOS Y
CONDICIONES QUE OFRECE EL MERCADO
para el “SERVICIO DE ELABORACION DE EXPEDIENTE URBANO DISTRITAL CATASTRO
MUNICIPAL”. Para lo cual el
área responsable solicito cotizaciones a dos empresas: CONSULTORES SANTA RITA
E.I.R.L presento su oferta económica para la contratación de “Servicio de
Elaboración de Expediente Urbano Distrital Catastro Municipal”, por el importe
total que asciende a S/. 2’952,810.00; INVERSIONES GREGCARR E.I.R.L presento su
oferta económica para la contratación de “Servicio de Elaboración de Expediente
Urbano Distrital Catastro Municipal”, por el importe total que asciende a
S/.3’455,436.00. De acuerdo a este documento, el Valor Referencia fue tomado de
la propuesta más baja, S/. 2’952,810.00.
2.
Qué, con
fecha 5 de diciembre de 2012, la Municipalidad de Villa El Salvador publica en
el portal del SEACE la convocatoria para la contratación de “Servicio de
Elaboración de Cartografía Catastral de todo el distrito de Villa El Salvador
realizado por consultoría en la elaboración del Expediente Urbano Distrital de
Catastro Municipal” por un valor referencial de S/. 2´952,810.00.
3.
Qué, ese
mismo día, 5 de diciembre de 2012, mediante Resolución de Alcaldía N°
796-2012-ALC/MVES, se constituyó el Comité Especial formado por los siguientes
funcionarios municipales: Ing. Eduardo José Valdivia Zuñiga, Presidente; Ing.
Gerbert Escalante Peña, Miembro, y Pedro Antonio Suarez Rincon, miembro.
4. Qué, con fecha 2 de enero de 2013, el Comité Especial para
la “contratación del servicio
de “Elaboración del Expediente Distrital Catastro municipal” acuerda
aprobar las Bases Integradas del Concurso Público N°
0004-2012-CE-MVES y dispone se publicación en el SEACE. Dichas bases contiene los Términos de Referencia que
aparecen entre las páginas 28 y 41
de las Bases.
5. Qué, de acuerdo al punto 5 ALCANCE DEL SERVICIO, que
aparece en la paginas 30 de los Términos de Referencia, el servicio de contratar comprende los siguientes:
1. Elaboración de la Cartografía
Catastral de cada lote, su verificación in situ, y de sus áreas construidas y
de sus áreas construidas del predio por el método de la aerofotogrametría
distrital del Distrito.
2. Actualización de los Planos
Básicos y la información cartográfica actualizada del Distrito para el
respectivo cálculo de los nuevos valores arancelarios aplicables para el año
2014.
3. Levantamiento de los planos de
las áreas públicas indicando su infraestructura de vías, veredas y cobertura de
redes de servicio público.
8.
Qué,
según el Acta de Buena Pro de fecha 11 de enero de 2013, el Comité Especial
otorgó el máximo de puntaje de 100 puntos al consorcio ECOURBE CONSULTORES,
conformado por la empresa URBE S.A.C
ARQUITECTOS CONSULTORES, representado por Adolfo Cabrera Manzur, y la empresa AGENCIA DE
SERVICIOS ESTRATEGICOS PARA EL DESARROLLO URBANO REGIONAL- ASEDUR, representada
por MIRYAM ALBORNOZ LIRA. Al
no haber otro postor el Comité Especial otorgó la Buena Pro al mencionado
consorcio por un valor de 2´952,810.00.
9.
Qué, el 28 de enero de 2013, la Municipalidad de Villa El
Salvador, representada por PEDRO ANTONIO SUAREZ RINCON, y el Consorcio ECOURBE, representado por
ADOLFO CABRERA MANZUR firmaron el Contrato N° 001-2013-MVES/OGA/ULG en cuya Cláusula
Primera: Antecedentes dice: “El presente contrato tiene por objeto la
contratación del servicio de “Elaboración del Expediente
Distrital Catastro municipal”, conforme a los términos de referencia.” Siendo el monto total del Contrato S/.
2´952,810.00.
10.
Qué, de acuerdo al historial de
contrataciones con el Estado, la primera empresa URBE S.A.C ARQUITECTOS
CONSULTORES registra ventas desde el año 2011 de artefactos por un monto total
de S/. 83,296. En consecuencia, esta empresa
no cuenta con ninguna experiencia en elaboración de catastro. En forma similar,
la empresa ASEDUR,
en su historial de contrataciones con el Estado solo registra la elaboración
del plan de desarrollo urbano de una municipalidad distrital.
11. Qué, de la revisión de la Copia Literal de
la Partida N° 40008567 proporcionada por SUNARP, ADOLFO CABRERA MANZUR forma parte del directorio y es el Gerente General de la Empresa URBE
S.A.C ARQUITECTOS CONSULTORES. Mientras
que desde el 12 de enero del año 2007, MIRYAM ALBORNOZ LIRA es Gerente de Tecnología de
esta misma empresa.
12. Qué, por su parte, según la Copia Literal de la Partida N°11573719 proporcionada por
SUNARP, MIRYAM
ALBORNOZ LIRA es Presidenta Concejo Directivo y ha sido Director Ejecutivo de
la empresa AGENCIA DE SERVICIOS ESTRATEGICOS PARA EL DESARROLLO URBANO REGIONAL-
ASEDUR entre los años 2003 y 2007. Así también, desde el año 2006, ADOLFO
CABRERA MANZUR es Director Ejecutivo de esta empresa.
13. Qué, de la revisión la CLAUSULA SETIMA: GARANTIAS del
contrato suscrito por las partes se observa que el CONSORCIO ECOURBE se acoge a
los establecido en el Artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y la Ley de Promoción y Formalización de la
Micro y Pequeña Empresas, autorizando a la Entidad a realizar la retención del
10% del monto del contrato, como Garantía de Fiel Cumplimiento. Lo cual está
reservado solo para las Micro y Pequeña Empresas.
14. Qué, a pedido de los regidores
Genaro Soto Mendoza, Paula Gamboa Pérez y Naciocinio Campo García, el Concejo
Municipal reunido en Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 26 de abril de 2013,
autorizó a la Alcaldía la entrega de copias certificadas del expediente de
contratación del Concurso Público PROCEDIMIENTO CLASICO 0 4-2012/CE/MVES “Servicio de Elaboración de Cartografía
Catastral de todo el distrito de Villa El Salvador realizado por consultoría en
la elaboración del Expediente Urbano Distrital de Catastro Municipal”. A pesar
de haber transcurrido cerca de nueve meses, la Administración Municipal no ha
cumplido con lo dispuesto por el Concejo Municipal, lo cual evidencia
obstaculización del cumplimiento de las atribuciones y funciones de
fiscalización de la Administración Municipal del oncejo Municipal.
15. Qué, mediante Acuerdo de
Concejo de fecha 30 de octubre de 2013, el Concejo Municipal acordó:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar la
delegación de facultades a favor del Organismo de Formalización de la Propiedad
Informal (COFOPRI) a fin de llevarse a
cabo el levantamiento catastral del Distrito;
ARTICULO SEGUNDO.- Aprobar el
texto del Convenio de Delegación de Facultades y Cooperación Interinstitucional entre el
Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) y la
Municipalidad Distrital de Villa El Salvador;
ARTICULO TERCERO.- autorizar al
Alcalde a suscribir el Convenio de Delegación de Facultades y Cooperación Interinstitucional entre el
Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) y la
Municipalidad Distrital de Villa El Salvador”
16. Qué, de la lectura del Convenio
mencionado en numeral anterior, se observa en la Cláusula Cuarta que COFOPRI se
obliga a “Ejecutar el levantamiento catastrar en el ámbito urbano del distrito
de Villa El Salvador...” Por su parte la Municipalidad de Villa El Salvador se
obliga a dotar de un ambiente físico para el desarrollo del proyecto de
levantamiento catastral y la dotación de personal profesional y técnico del
cual dispone. De manera que la
implementación del mencionado convenio no irroga gasto en efectivo.
De lo señalado en los párrafos
anteriores se observa serias irregularidades e indicios de favoritismo de parte
de la Administración Municipal hacia el consorcio ECOURBE, que requiere ser
investigado a profundidad.
Y en cumplimiento de las
atribuciones y obligaciones de los regidores señalados en los incisos 15 y 33 del Artículo 9 e Inciso 4 del Articulo 10 de la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972. Y en concordancia con el Reglamento
interior del Concejo Municipal.
ACUERDA
1.
Constituir una Comisión Especial
para la investigación de las supuestas irregularidades en el proceso de
contratación de “Servicio de
Elaboración de Cartografía Catastral de todo el distrito de Villa El Salvador
realizado por consultoría en la elaboración del Expediente Urbano Distrital de
Catastro Municipal”. Dicha Comisión Especial estará integrada por los
regidores:
·
Presidente:
Teniente Alcalde Walter Quispe Vilcas
·
Vicepresidente:
Regidor Genaro Soto Mendoza
·
Miembro:
Regidor Ángel Reinaldo Ríos Flores
·
Miembro:
Regidor Paula Gamboa Pérez
·
Miembro:
Regidora Olga Consuelo Sotelo Aquije.
2.
La
Comisión Especial presentará su Informe Final y recomendaciones respectivas al
concejo Municipal a más tardar en 20 días hábiles.
3.
Autorizar
la entrega a la Presidencia de la Comisión Especial de copias certificas del
expediente de contratación de “Servicio de Elaboración de Cartografía Catastral
de todo el distrito de Villa El Salvador realizado por consultoría en la
elaboración del Expediente Urbano Distrital de Catastro Municipal” y de los
informes de avances según el cronograma señalado en el contrato e informe final
de ser el caso entregados por el consorcio ECOURBE.
4.
Encargar
a la Secretaria General la publicación de la presente en el portal web
institucional de la Municipalidad de Villa El Salvador.
Regístrese,
publíquese y cúmplase
FIRMAS:
REGIDOR
GENARO SOTO MENDOZA
REGIDORA
PAULA GAMBOA PEREZ
CONSUELO
SOTELO AQUIJE
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