viernes, 13 de junio de 2014

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONFIRMA QUE VACANCIA DE SANTIAGO MOZO FUE ILEGITIMA Y RATIFICA SU ORDEN DE RESTABLECER LOS DERECHOS DE SANTIAGO MOZO COMO ALCALDE DE VILLA EL SALVADOR


 El día de ayer 12 de junio el Tribunal Constitucional público en su portal web la Resolución de fecha 12 de mayo de 2014 mediante la cual atiende el pedido de aclaración presentado por la Procuraduría del Jurado Nacional de Elecciones.

La aclaración del Tribunal Constitucional no podía ser más clara. Primero, ratifica que el JNE, al haber realizado una interpretación arbitraria de las resoluciones del Poder Judicial, respecto a la fecha en la que Santiago Mozo fue rehabilitado, lesionó los derechos de participación política de Santiago Mozo (que incluye el derecho de ser elegido y ejercer cargo público). En consecuencia corresponde restablecer su derecho como Alcalde de Villa El Salvador.   Cabe señalar que el JNE no tiene competencia para interpretar ni variar las resoluciones del Poder Judicial, sin embargo hizo una interpretación arbitraría de la Resolución de fecha 10 de diciembre de 2010, mediante la cual declaró la rehabilitación de Santiago Mozo. De tal manera que al iniciar su periodo de Alcalde ya no tenía impedimento para ejercer cargo público.
En segundo lugar, frente a la “sugerencia” del JNE de variar la Sentencia del Tribunal de tal manera que Guido Iñigo continúe en el cargo de alcalde, el Tribunal Constitucional ratifica que la vacancia de Santiago Mozo fue ilegitima, en consecuencia el JNE debe restablecer los derechos de Santiago Mozo como alcalde de Villa El Salvador.

En el tercer lugar, frente al pedido de aclaración del JNE, respecto al reclamo nulidad de la referida Sentencia por supuesto vicio procesal, presentado por Guido Iñigo, el Tribunal Constitucional simplemente la desestima debido a que con este artificio se pretende cuestionar la Resolución del Tribunal, lo cual es inaceptable debido a que las resoluciones del Tribunal Constitucional son inimpugnables.


Finalmente, obsérvese que en el numeral 5 de la Resolución, el Tribunal Constitucional señala que, no obstante que Guido Iñigo y Oscar Campó han ocupado el cargo de Alcalde y Regidor como resultado de la ilegitima vacancia de Santiago Mozo, todos sus actos jurídicos como alcalde y regidor respectivamente son declarados validos con la única finalidad de evitar un perjuicios a la Administración Municipal. La pregunta cae por su peso ¿quién va a responder por los millones de soles perdidos en todos los casos de corrupción que hoy la Fiscalía Anticorrupción está investigando?   



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