El año 2013 la Municipalidad
de Villa El Salvador recibió del Ministerio de Economía y Finanzas S/. 4´767,885.00 destinado a la adquisición
de alimentos para los comedores y apoyo alimentario de los pacientes de TBC del
Distrito. Ese año la Administración Iñigo solo entregó alimentos durante cinco
meses pero se realizó nueve procesos de selección e igual número de contratos
por S/.5,470,820.21. Según la Investigación Fiscal, las tres empresas, que
resultaron favorecidas, Industria
Arrocera de América S.A.C, Indunegocios S.A. y Hatun Runa E.I.R.L., estarían
vinculadas entre sí. De acuerdo a su RUC, la empresa Industria Arrocera de América S.A.C, comparte el
mismo domicilio fiscal que la empresa Indunegocios S.A. Por su parte, en la Licitación Pública 13-2013-CE-MVES, el inculpado Héctor
Raúl Terán Arrunátegui, representante de la empresa Industria Arrocera de
América, solicitó que los pagos que se hagan a su empresa se realicen a la
cuenta de la empresa Hatun
Runa E.I.R.L.
El
6 de Diciembre de 2013, cinco regidores de Villa El Salvador denunciaronpresuntos actos de corrupción ante la Procuraduría Especializada en Delitos de
Corrupción de Funcionarios. Luego de evaluar las evidencias, esta entidad hizo
suya la denuncia y la presentó ante la Fiscalía
Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Sur, la misma que
el 28 de enero de 2014, dispuso el inicio de la investigación indagatoria por
60 días.
Iñigo Peralta, mediante la Resolución de
Alcaldía N° 287-2013-ALC/MVES, de fecha 22 de mayo, aprobó la sétima
modificación del Plan Anual de Contrataciones 2013 a fin de incluir la
adquisición de alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria de la
Municipalidad por un valor de S/.5´420.025.99. Deliberadamente,
se infló el monto asignado en el Presupuesto de Apertura 2013 (S/.
4´767,885.00), lo cual posteriormente generó que el Organismo de Supervisión de
Contrataciones del Estado (OSCE) anule el proceso de licitación. De esta manera
se justificó ante el Concejo Municipal la aprobación de la Exoneración del
proceso de selección; y en consecuencia, se compró parte de los alimentos en
forma directa a los precios más altos.
Para establecer los precios de referencia de
los productos, la Administración Iñigo realizó un “estudio de posibilidades que
ofrece el mercado”, mediante el cual sobrevaloró los precios de los
productos
En la Licitación Pública 03-2013 para la
adquisición de alimentos, la Administración Iñigo utilizó la modalidad Subasta
Inversa Electrónica. De acuerdo a esta modalidad, primero los postores se
inscriben; segundo, el día y hora señalado para la subasta electrónica, los
postores mejoran sus precios hasta lograr bajarlos lo máximo posible. En la
tercera etapa, el Comité Especial, evalúa los requisitos técnicos de los
postores. En el primer intento de la Licitación 03-2013 participaron 11 postores.
Sin embargo, el Comité Especial, en la etapa de calificación, en forma
arbitraria eliminó a los 9 postores que más habían bajado sus precios,
favoreciendo así a la empresa Industria Arrocera de América S.A.C.
Esta misma mecánica fue empleada en las
cuatro licitaciones públicas bajo la modalidad subasta inversa electrónica.
Debido estas irregularidades, el Organismo de Supervisión de las Contrataciones
del Estado y el Tribunal de Contrataciones del Estado anuló tres veces las
Buena Pro que favorecían mismo grupo de empresas Industria Arrocera de América
S.AC, Indunegocios S.A. y Hatun Runa E.I.R.L. La Primeras y Segunda Declaratoria
de Nulidad, fue utilizada por la Administración Iñigo para comprar, en forma
directa, alimentos por S/.386,412.86 y S/.1,153,037.99 respectivamente.
En forma sorpresiva, en el mes de Noviembre,
cuando ya se había adquirido los alimentos por un valor de S/.4,450,450.85, la
Administración Iñigo, sin contar con la disponibilidad presupuestal, volvió a
lanzar dos nuevas licitaciones: 12-2013 y 13-2013 por S/.642,059.80 y
S/.838,254.43 respectivamente. En todas estas adquisiciones, en forma sospechosa,
la empresa Hatun Runa E.I.R.L., que nunca antes había vendido alimentos al
Estado, fue favorecida tres veces por un valor total de S/.4,702,037.99.
El 24 de octubre de 2014, el Fiscal Richard
Fernando Cirilo Ruiz, de la Fiscalía Corporativa Especializada
en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Sur, dispuso la formalización y continuación de la
Investigación Preparatoria contra los miembros del Comité Especial de la
Municipalidad de Villa El Salvador: Mariel Percy Mejía, Ex Gerente de
Administración; Pedro Antonio Rincón,
ex jefe de Logística; y Luz Sanabria
Limaco, actual Gerente de Administración, por los presuntos DELITOS DE COLUSIÓN, en forma alternativa como
presuntos coautores del delito de NEGOCIACIÓN
INCOMPATIBLE o APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE CARGO, y OMISIÓN DE DENUNCIA.
Así también, contra Diana Noemí Chupillon Maldonado, representante de la
empresa Indunegocios S.A. y María Betty Santa Cruz, representante de la empresa
Hatun Runa E.R.L., como presuntas cómplice del delito de NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE Y APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE CARGO.
Mientras que a Elena Victoria Saldaña de Terrones, representante de la empresa
EXPORTANDO PRODUCTOS PAKATNAMU S.R.L. como presunta autora del delito contra la
Administración de Justicia – FALSA DECLARACIÓN
EN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS.
Habiendo sido declarado el caso complejo, luego de
los ocho meses de la investigación preparatoria, en el mes de junio del
presente, la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios solicitó
a la Juez Gladis Quesquén Millones la prórroga de la investigación preparatoria
de dos meses. Siendo que el 2 de julio del presente año, la Juez admitió el
pedido de la Fiscalía de ampliación del plazo de investigación preparatoria de dos
meses, hasta el 23 de agosto de 2015 a fin de terminar de reunir otras
evidencias que fortalecerían aún más los argumentos de la Fiscalía contra los
inculpados.
Por otra parte, llama la atención que la Fiscalía
hasta la fecha ha inclusión de Guido Iñigo Peralta en el proceso de
investigación solo como testigo. Se sabe que en su condición de Alcalde
modifico el Plan Anual de Contrataciones 2012, mediante la Resolución de
Alcaldía N° 287-2013-ALC/MVES con el fin de incluir los procesos de selección
para la compra de alimentos para los comedores populares. Así también, Iñigo,
mediante la Resolución de alcaldía N° 290-2012-ACL/MVES, formo el Comité
Especial. De tal manera que sin su participación no hubiera sido posible la
ejecución de los presuntos delitos d corrupción por los cuales ya están
imputados los miembros del Comité Especial.
El expediente 2014-70-0
Como se ha explicado arriba, el fiscal Richard
Fernando Cirilo Ruiz de la Fiscalía Corporativa
Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Sur dirige la
investigación preparatoria contra tres funcionarios de confianza
del Alcalde Iñigo Peralta por presuntos actos de
corrupción en la compra directa (exoneración 01 y 02-2013) y contratación de
las licitaciones públicas 03-2013 y 12-2013
para la adquisición de alimentos para los comedores de Villa El Salvador
durante el año 2013 (Carpeta Fiscal N°
06-2014). Sin embargo, el mismo fiscal no admitió una solicitud de la
Procuraduría Anticorrupción para incluir en la investigación de una tercera
licitación pública, 13-2013-CE-MVES para la adquisición de más alimentos para
los comedores, por un valor de S/. 838,254.43 realizada
en el mismo año fiscal 2013. Es por ello que la Procuraduría
Anticorrupción presentó una nueva denuncia por los supuestos actos de
corrupción en la contratación de Licitación Pública 13-2013-CE-MVES, la cual
dio origen a la Carpeta Fiscal N° 2014-70-0 a cargo de la Fiscal Dra. Karin
Ninaquispe Gil.
A pesar que no existía ni necesidad de parte del
área usaría, ni disponibilidad presupuestal el alcalde Guido Iñigo Peralta,
mediante la Resolución de Alcaldía N° 672-2013-ALC/MVES de fecha 07 de
noviembre de 2013, volvió a modificar el Plan Anual de Contrataciones 2013 con
el fin de introducir, entre otras, la Licitación Publica N° 013-2013-CE/MVES para la “Adquisición de productos para la mejora de la canasta de alimentos del
programa de complementación alimentaria y PAN TBC de la Municipalidad de Villa
El Salvador”.
Según las
diligencias preliminares a cargo de la Fiscal Ninaquispe, informados mediante Dispositivo
Fiscal N° 05 de fecha 18 de mayo de 2015, los funcionarios municipales que
participaron en la fase previa, en el proceso de licitación y en la ejecución
del contractual de la Licitación Pública N° 013-2013-CE/MVES, concertaron
ilegalmente con Héctor Raúl Terán Arrunátegui,
representante de la empresa Industria Arrocera de América, para favorecerlo en
todo el proceso de la Licitación.
Así, en la fase previa del proceso de selección, el
entonces jefe de la Unidad de Logística, Pedro Antonio Rincón, abría inventado las cotizaciones de
tres empresas que nunca recibieron carta de invitación ni remitieron sus
cotizaciones. Mientras que durante el proceso de licitación, en un solo día, 13
de noviembre, el comité Especial se instala, elabora el proyecto de Bases
Admirativas y solicita la respectiva aprobación del Gerente Municipal. Ese
mismo día el Gerente Municipal Ángel Chávez Aparicio aprueba las Bases Administrativas.
No obstante que las empresas Indunegocios S.A. y
Hatun Runa E.R.L, investigadas por el presunto delito de negociación
incompatible (Carpeta Fiscal 06-2014), se inscribieron como postores, éstas no
se presentaron en la Apertura de Sobres y Otorgamiento de la Buena Pro,
realizada el 19 de diciembre de 2013. Es así que el Comité Especial otorgó la Buena
Pro al único postor Industria Arrocera de América S.A.C, por el monto de S/.838,254.43, a
pesar que esta empresa presentó información falsa en su propuesta técnica. Y de
eso tenía pleno conocimiento el Comité Especial, puesto que en la Licitación
Pública N° 012.2013-CE/MVES esta misma Empresa ya había incurrido en el mismo
delito.
Mientras que en la etapa de
ejecución contractual, la Investigación Fiscal ha comprobado que el mismo día
que se suscribió el Contrato N° 3387-2013-ULG-OGA/MVES de la LP N°
013-2013-CE-MVES, esto es el 27 de diciembre de 2013, la Administración
Municipal pagó a la empresa Industria Arrocera de América S.A.C la suma de S/. 838,254.42 sin
haber recibido las 32 toneladas de trozos de carne de pollo y caballa en el
Almacén de la Municipalidad. Para justificar el pago, Ángela
Gamonal Herrera, en su calidad de Sub Gerente de Programas Sociales suscribió
una conformidad falsa del suministro del producto sin que éstos hayan ingresado
al Almacén de la Municipalidad. Así también, esta misma funcionaria suscribió,
junto con el encargado del Almacén Paulo Escalante Huayconsa, el comprobante de
salida del Almacén Municipal de las 32 toneladas de alimentos que la empresa no
había entregado. De acuerdo al a investigación fiscal, los productos recién
abrían sido entregados a la Municipalidad el 13 y 14 de febrero de 2014 pero en
cantidades diferentes a la señalada en el Contrato.
En consecuencia, la Fiscalía ha dispuesto la formalización y continuación
de la Investigación Preparatoria contra Mariel Percy Mejía, Ex Gerente de Administración;
Pedro Antonio Rincón, ex jefe de Logística; y Juan Alberto Caycho
Medrano, ex Gerente de Rentas (coautores); y contra Héctor Raúl Terán
Arrunátegui, representante de la empresa Industria Arrocera de América; Ángela
Gamonal Herrera, ex Sub Gerente de Programas Sociales y actual jefe de la
Agencia Municipal N° 01; Paulo Isidro Escalante Huayconsa (cómplices primarios), por los presuntos delitos de Colusión
Simple, alternativamente colusión Agravada o Negociación Incompatible. Además,
Terán Arrunátegui, Gamonal Herrera, y Escalante Huayconsa, son investigados en
calidad de autores, por los presuntos delitos de Falsadas ideológica.
Por otro lado, la empresa Industria Arrocera de
América S.A.C. no solo fue beneficiado con la Licitación Pública 13-2013-CE-MVES,
sino además, con otros cinco nuevos proceso de selección en la modalidad de
Adjudicación de Menor Cuantía N° 46, 47, 48, 49 y 50-2013-MVES por el valor
total de S/. 182,113.36. siendo que el otorgamiento de la buena pro de las cinco
AMC se realizaron el mismo día de Navidad, 24 de diciembre de 2013, entre las
14:00 y 17:15
Según la Investigación Fiscal a cargo de la Fiscal
Ninaquispe Gil, las tres empresas, que resultaron favorecidas Industria Arrocera de América S.A.C,
Indunegocios S.A. y Hatun Runa E.I.R.L. estarían vinculadas entre sí. En
efecto, de acuerdo a sus RUC, la empresa Industria Arrocera de América S.A.C, comparte el mismo domicilio
fiscal que la empresa Indunegocios S.A. Por su parte, en la Licitación Pública 13-2013-CE-MVES, el inculpado Héctor Raúl Terán
Arrunátegui, representante de la empresa Industria Arrocera de América,
solicitó que los pagos que se hagan a su empresa se realicen a la cuenta de la
empresa Hatun Runa E.I.R.L. El siguiente cuadro resume los procesos y exoneraciones en las que
resultaron favorecidas estas empresas.
CUADRO: PROCESOS DE SELECCIÓN Y EXONERACIONES
REALIZADAS EL AÑO FISCAL 2013 PARA LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA EL
PROGRAMA COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA y PAN TBC
PROCESO DE ADQUISICIÓN
|
MODALIDAD
|
FECHA DE BUENA PRO
|
EMPRESA FAVORECIDA
|
PRECIO SEGÚN BUENA PRO
|
RESULTADO
|
PAGOS COMPRO-METIDO
|
|
|
Licitación
Publica 03-2013
|
Subasta
Electrónica Inversa
|
12-jun
|
Industria
Arrocera de América S.A.C
|
4,633,900.00
|
Anulado
por la OSCE con Oficio N° D-1117/DSU-PAA, de fecha 13 de junio
|
00.0
|
|
Exoneración
1
|
Compra
directa
|
04-jul
|
Indunegocios
S.A.
|
386,412.86
|
Ejecutado
|
386,412.86
|
|
Licitación
Publica 03-2013
|
Subasta
Electrónica Inversa
|
02-ago
|
Indunegocios
S.A.
|
4,012,552.68
|
Anulado
por el Tribuna de Contrataciones del Estado con Resolución N° 2022, de fecha
10 de setiembre
|
00.0
|
|
Exoneración
2
|
Compra
directa
|
05-sep
|
Hatun
Runa E.I.R.L.
|
1,153,037.99
|
Ejecutado
|
1,153,037.99
|
|
Licitación
Publica 03-2013
|
Subasta
Electrónica Inversa
|
06-nov
|
Hatun
Runa E.I.R.L.
|
2,911,000.00
|
Ejecutado
|
2,911,000.00
|
|
Licitación
Publica 12-2013
|
Subasta
Electrónica Inversa
|
28-nov
|
Indunegocios
S.A.
|
638,000.00
|
Anulado por el
Tribuna de Contrataciones del Estado con Resolución N° 0052-2014-TC-S1, de 23
de enero de 2014
|
00.0
|
|
Licitación
Pública 13-2013
|
Proceso
Clásico
|
19-dic
|
Industria
Arrocera de América S.A.C
|
838,254.00
|
Ejecutado
|
838,254.00
|
|
AMC50-2013
|
Adquisición directa
|
24-dic
|
Industria Arrocera
de América S.A.C
|
39,979.98
|
Ejecutado
|
39,979.98
|
|
AMC-48-2013
|
Adquisición directa
|
24-dic
|
Industria Arrocera
de América S.A.C
|
39,627.00
|
Ejecutado
|
39,627.00
|
|
AMC-46-2013
|
Adquisición directa
|
24-dic
|
Industria Arrocera
de América S.A.C
|
30,654.00
|
Ejecutado
|
30,654.00
|
|
AMC-49-2013
|
Adquisición directa
|
24-dic
|
Industria Arrocera
de América S.A.C
|
39,047.58
|
Ejecutado
|
39,047.58
|
|
AMC-47-2013
|
Adquisición directa
|
24-dic
|
Industria Arrocera
de América S.A.C
|
32,806.80
|
Ejecutado
|
32,806.80
|
|
Total
|
5,470,820.21
|
|