lunes, 17 de junio de 2013

SOSPECHOSA CONVOCATORIA A SESIÓN ORDINARIA PARA EL MIÉRCOLES 19 DE JUNIO EN LA QUE ALVARADO - IÑIGO Y SUS AMIGOS PRETENDERÁN APROBAR UN PRÉSTAMO DE MÁS DE 30 MILLONES DE SOLES CON EL VOTO ILEGAL DE UNA REGIDORA ACCESITARIA.

Luego de la fracasada juramentación de la "regidora accesitaria" Ruzmeri Gavilan, esposa del amigo personal de Juan Alvarado que por cierto tampoco vive en el Distrito, convocada para el 11 de junio; el viernes 14 de junio sorpresivamente la Alcaldía dispuso convocar a una tercera sesión de concejo ordinaria para el día 19 de junio con una agenda nada urgente. Se trata de una convocatoria ilegal a toda luces puesto que viola, una vez más, el Reglamento Interno de Concejo, el cual exige cinco días hábiles entre la convocatoria y la sesión de concejo. Cual es la razón de esta repentina convocatoria?

La explicación estaría en el hecho que el día 19 de junio se vence la segunda e ilegal suspensión del regidor Walter Quispe. Alvarado - Iñigo y sus "amigos" pretenden hacer aprobar un préstamo bancario por más de 30 millones de soles. Para ello necesitan cumplir con lo señalado por la Ley Orgánica de Municipalidades (Articulo 9, inciso 24) que exige la aprobación por dos tercios de los votos del Concejo Municipal (10 votos contando al alcalde). Hasta el momento, Alvarado - Iñigo y sus "amigos" suman 9 votos. Para completar el décimo voto, Alvarado "gestionó" exitosamente ante el JNE la suspención del regidor Walter Quispe, y su consiguiente reemplazo por su amiga Ruzmeri Gavilan. Sin embargo, al parecer, la "regidora accesitaria" Ruzmeri Gavilan no ha estado interesada en prestarse para este juego, habiéndolos plantado en los dos intentos de juramentación anteriores.

No obstante ello, alertamos a los dirigentes, comunicadores, vecinas y vecinos de este propósito de endeudar en forma ilegal a la municipalidad de Villa El Salvador por más de 30 millones de soles con el pretexto de seguir haciendo obras. Como se sabe, en el mes de febrero del presente año, los regidores de la minoría denunciamos ante la Procuraduria Anti Corrupción las graves irregularidades en los procesos de selección de 12 obras de pistas de concreto por el valor de 20 millones de soles, los cuales fueron monopolizados por el empresario amigo de la familia Iñigo: Nemesio Huaman Achata. El resultado de esta presunta colusión lo podemos ver: pistas de concreto ejecutadas sin las medidas técnicas estándares que presentan innumerables rajaduras aun antes de ser inauguradas. En la actualidad la Fiscalia Anti corrupción de Funcionarios viene realizando las investigaciones correspondientes.

Adjuntamos la carta que los regidores enviamos a la Alcaldía el 12 junio último:
       


Villa El Salvador, 12 de junio de 2013

CARTA N° 001-2013

Señor

Guido Iñigo Peralta

Alcalde de Villa El Salvador

Los regidores de Villa El Salador que suscriben la presente, nos dirigimos a su despacho a fin de poner en conocimiento nuestro punto de vista acerca de la aplicación de la Resolución N.° 1135-2012-JNE del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 12 de diciembre de 2012, el cual dispone la suspensión del cargo de regidor del Sr. Walter Quispe Vilcas.

1. Al respecto, el 3 de setiembre de 2012, el regidor Juan Ramiro Alvarado Gómez, solicitó la suspensión por 30 días hábiles del Teniente Alcalde Walter Quispe Vilcas, el cual fue declarada improcedente por el Concejo Municipal mediante el Acuerdo de Concejo N.° 101-2012/MVES en la sesión ordinaria de concejo de fecha 26 de setiembre de 2012.

2. El día 26 de setiembre de 2012, el mismo regidor Juan Ramiro Alvarado Gómez interpuso un recurso apelación contra el Acuerdo de Concejo N.° 101-2012/MVES ante el Jurado Nacional de Elecciones, la misma que mediante Resolución 1135-2013-JNE de fecha 27 de febrero de 2013 resolvió con voto mayoritario lo siguiente:

“Artículo primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Juan Alvarado Gómez, en consecuencia REVOCAR el Acuerdo de Concejo N.° 101-2012/MVES, de fecha 26 de setiembre de 2012, y REFORMÁNDOLO imponer la sanción de suspensión por quince días naturales a Walter Quispe Vilcas, regidor de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador, por la causal prevista en el artículo 25, numeral 4, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades”.

Artículo segundo.- CONVOCAR a Ruzmeri Gavilán Pineda, identificada con Documento Nacional de Identidad N.° 43376501, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, y OTORGAR la credencial correspondiente, mientras dure la suspensión de Walter Quispe Vilcas, según lo establecido en los considerandos de la presente resolución.

3. Con respecto al recurso de apelación del acuerdo de concejo sobre la suspensión del cargo de alcalde o regidor, el Artículo 25 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificado mediante Ley 28961, a la letra dice: “El Jurado Nacional de Elecciones resuelve en instancia definitiva y su fallo es inapelable e irrevisable. En todos los casos el Jurado Nacional de Elecciones expide las credenciales a que haya lugar”.

4. La Resolución 1135-2013-JNE ha sido pública en el portal del JNE el 27 de febrero de 2013, y ha sido debidamente notificado de manera personal, con fecha 6 de marzo del presente, a los regidores Walter Quispe Vilca, Ramiro Alvarado Gómez y a la Alcaldía de Villa El Salvador.

5. De acuerdo al Artículo 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, los actos administrativos tienen efecto desde el momento de la notificación:

Artículo 16.- Eficacia del acto administrativo

16.1 El acto administrativo es eficaz a partir de que la notificación legalmente realizada produce sus efectos, conforme a lo dispuesto en el presente capítulo.

Al respecto, el Articulo señala 25 de la misma Ley señala que:

Artículo 25.- Vigencia de las notificaciones
Las notificaciones surtirán efectos conforme a las siguientes reglas:
1. Las notificaciones personales: el día que hubieren sido realizadas.


6. De lo señalado en los párrafos anteriores, queda claro que legalmente la suspensión del teniente Walter Quispe Vilca inicio el día de la mencionada notificación, esto es el 6 de marzo y culmino quince días naturales después, esto es el 21 de marzo del presente año.

7. Esta interpretación correcta de la Ley ha sido acatada no solo por los regidores que suscriben la presente, sino también por la alcaldía, los miembros del Concejo Municipal y la Secretaria General al haber aceptado la participación del teniente alcalde Walter Quispe Vilca en las dos últimas sesiones de Concejo Ordinaria del mes de mayo como consta en las Actas del Concejo Municipal.

8. Sin embargo, el Jurado Nacional de Elecciones, ignorando que legalmente la mencionada suspensión del Teniente alcalde Walter Quispe ya ha tenido efectividad desde el día de su notificación, ha emitido la Resolución N° 451-JNE de fecha 20 de mayo último, en cuyo Artículo Tercero señala que se cumpa con el Articulo 1 de la Resolución N.° 1135-2012-JNE, esto es imponer la sanción de suspensión por quince días naturales al regidor Walter Quispe Vilcas. Con lo cual se estaría volviendo a suspender por segunda vez al Teniente Alcalde.

9. Con documento de fecha 7 de junio del presente, la Secretaria General ha invitado a los regidores a la ceremonia de juramentación como regidora de la municipalidad de Villa El Salvador a la Sra. Ruzmeri Gavilan Vilcas en reemplazo del Teniente alcalde Walter Quispe, la misma que se realizará el día 11 de junio del presente.

Al respecto, los regidores que suscribimos la presente expresamos nuestro total desacuerdo con este acto ilegal que atentar contra el derecho constitucional de un miembro del concejo municipal al no existir razón alguna para suspenderlo por segunda vez de sus funciones de representación en el Concejo municipal.

Este acto ilegal se realiza un día antes de las dos sesiones de concejo ordinarias convocadas inicialmente para el día 6 de junio y postergada, de manera antirreglamentaria además, para el día de mañana 12 de junio.
En consecuencia, le comunicamos que no permitiremos la violación de los derechos constitucionales de representación de un miembro del concejo municipal democráticamente elegido. Así también, demandamos la no participación de la Sra. Ruzmeri Gavilan en las sesiones de concejo del día de mañana 12 de junio. Más aún cuando se sabe que su administración pretende aprobar un acuerdo de concejo para endeudar a la Municipalidad de Villa El Salvador por 30 millones de soles. Para lo cual, de acuerdo al Artículo 9, inciso 24 de la Ley Orgánica de Municipalidades, se requiere aprobación del concejo municipal por mayoría calificada, esto es 10 votos.

Atentamente,

Genaro Soto Mendoza, Regidor de Villa El Salador
Paula Gamboa de Porcel, Regidora de Villa El Salador
Consuelo Sotelo Aquije, Regidora de Villa El Salador